La Junta Electoral Provincial de Cuenca ha admitido el recurso contencioso electoral presentado por el Partido Animalista (PACMA) contra el Acuerdo dictado por dicha Junta a fecha 24 de octubre, en el que se desestimaba la candidatura de este partido en dicha circunscripción.
De este modo, según ha informado la formación en nota de prensa, la Junta Electoral admite la resolución judicial adoptada al respecto y proclama la candidatura del PACMA, tanto al Congreso como al Senado, en la circunscripción de Cuenca para las próximas elecciones generales del 20 de noviembre.
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El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Laredo ha impuesto penas que suman 40 días de localización permanente y multas por un importe total de 2.800 euros para cuatro personas, a las que se condena por amenazar e intentar agredir a los activistas que en 2009 se concentraban contra los encierros taurinos de Ampuero.
Los hechos se remontan a hace tres años, cuando, durante la celebración de los encierros de Ampuero, en el mes de agosto, una veintena de activistas ligados a las asociaciones Huellas Cantabria, asociación ProVida Animal y el Colectivo Antitaurino y Animalista de Vizcaya convocaron, como suelen hacer cada verano, una manifestación antitaurina en la Plaza Mayor de esta localidad.
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El pasado 6 de octubre el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó un proyecto de Ley sobre “protección animal”. Los cambios introducidos por dicho proyecto son totalmente irrelevantes en algunos casos, y directamente perjudiciales en otros.
Desde el Centro Legal para la Defensa de los Animales nos oponemos a una medida aprobada con una clara intención electoralista, y con el objetivo por parte del gobierno de la Comunidad de Madrid de mostrarse como una Administración supuestamente concienciada.
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Una familia pacense ha sido indemnizada con la cantidad simbólica de un euro después de que la residencia canina donde habían alojado a su perro lo extraviara. Los dueños de Chico, un perro de 7 años de edad, se encontraban haciendo una mudanza cuando el perro desapareció del complejo canino.
La curiosa sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Montijo obliga al propietario de la Residencia Canina “Las dos cabezas” de Montijo (Badajoz) a indemnizar a Susana Merino y Luis Gragera con un euro. La cantidad fue fijada por los dueños del perro, de manera simbólica, porque sólo reclamaban “justicia”.
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El 21 de julio de 2011 el Centro Legal para la Defensa de los Animales ha interpuesto la demanda contra el Decreto que declara la tauromaquia como bien de interés cultural en Murcia, dentro del plazo concedido al efecto por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, tras la interposición del correspondiente recurso contencioso-administrativo.
A partir de este momento, se abre un largo proceso judicial, que confiamos que finalice con la declaración del citado Decreto como no conforme a Derecho.
Desde el Centro Legal para la Defensa de los Animales queremos dar las gracias al abogado murciano José Luis Mazón por su desinteresada colaboración en la elaboración de esta demanda.
Además de perjudicar a los agricultores, el gran crecimiento de la población de jabalís y otras especies cinegéticas (aptas para la caza) también ha hecho aumentar los accidentes de tráfico. El Ministerio de Medio Ambiente calcula que cada año se producen entre 15.000 y 20.000 siniestros ocasionados por irrupciones o atropellos de fauna silvestre. Muchos de ellos se producen en carreteras que atraviesan cotos y áreas de caza gestionadas por particulares o por las comunidades autónomas. En estos casos, el enunciado actual de la ley de seguridad vial provoca que en muchas ocasiones los tribunales atribuyan el pago de daños e indemnizaciones a los cazadores o a las administraciones que gestionan el coto. El ministerio ha dado ahora el primer paso para impulsar una reforma de la normativa con el fin de que sean los conductores quienes asuman los daños, a semejanza de lo que ocurre en la mayoría de los países europeos.
El juzgado número diez de Vigo ha desestimado la petición de desahucio de alrededor de trescientos felinos atendidos en A Madroa por la asociación Proyecto Gato. La solicitud de desalojo había sido efectuada por la Protectora de Animales de Vigo como medida cautelar.
De no apelar el auto, la medida será efectiva hasta que se se resuelva el procedimiento ordinario que se sigue para reclamar a la Protectora el dinero que adeuda a Proyecto Gato. La cifra, en torno a 36.000 euros, corresponde a los ingresos de un año fijados en un convenio por ambas partes y que las cuidadoras de los animales dejaron de percibir antes de que concluyera el plazo, sospechan que con el ánimo de forzarlas a irse de las instalaciones de A Madroa.
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El pasado 25 de mayo se celebró en el Juzgado de Instrucción 1 de León un juicio contra nueve activistas antitaurinos acusados de haber cometido una falta de injurias. La defensa de los mismos fue ejercida por el abogado Daniel Dorado.
Los hechos por los que estas personas fueron juzgados se remontan al 3 de octubre de 2010, día en el que se realizó una corrida de toros con el objetivo de recaudar fondos para la Asociación Leonesa de Lucha contra el Cáncer. Varios activistas decidieron concentrarse en el exterior de la plaza de toros, siendo denunciados por la amiga de uno de los toreros que había participado en dicha corrida, quien los acusó de haberla insultado.
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El pasado 18 de mayo, se celebró el juicio contra los menores de edad de Torreorgaz (Cáceres), acusados de haber torturado hasta la muerte a una burra.
En la sentencia se condena a los acusados a la prestación de 52 horas de trabajos a la comunidad, tras el acuerdo entre la Fiscalía y los abogados de los acusados. Si bien los medios de comunicación han hablado de una multa de 375 horas, parece que en realidad esta es la indemnización que tendrán que abonar al que era el propietario de la burra, basándose en el valor económico de la misma en el mercado.
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La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a una mujer a abonar una indemnización de 250 euros por daño moral, y 199,72 euros por los gastos de asistencia veterinaria, debido a que su perro mordió al perro de otro residente de la urbanización.
El Juzgado de Instrucción número 1 de Marbella había dictado la absolución, por entender que no había quedado acreditado que la mujer dejase al perro suelto intencionadamente con el objetivo de que mordiese al otro. Contra dicha Sentencia fue interpuesto un recurso, que finalmente ha terminado con una condena, por una falta contra los intereses generales regulada en el artículo 631.1 del Código Penal.
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