El pasado lunes 6 de agosto de 2012 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 2 de agosto de 2012, de la Dirección General de Tributos, sobre el tipo impositivo aplicable a determinadas entregas de bienes y prestaciones de servicios en el Impuesto sobre el Valor Añadido. Esta resolución, aprobada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, establece que, a partir del próximo 1 de septiembre, los servicios veterinarios pasarán del tipo reducido al tipo general de IVA, subiéndo este del 8% al 21%.
Sin embargo, los servicios veterinarios realizados en explotaciones ganaderas, forestales o agrícolas seguirá tributando al tipo reducido (10%).
Esta medida afectará especialmente a las protectoras de animales, que tienen que contratar un gran número de servicios veterinarios, pese a su carencia de recursos económicos.
Desde el Centro Legal para la Defensa de los Animales nos oponemos frontalmente a esta medida, que perjudica a quienes defienden a los animales y beneficia a quienes los explotan. Defendemos que los servicios veterinarios (excluidos los contratados por explotaciones de animales) pasen a tributar por el tipo superreducido de IVA (4%), puesto que dichos servicios veterinarios son de primera necesidad, debido a la inexistencia de un servicio veterinario público. Asimismo, animamos a los veterinarios a organizarse en contra de esta injusta medida, y a hacer cuanto esté en su mano para que quienes cuidan a los animales no se vean obligados a pagar más impuestos por contratar sus servicios.