La titular del Juzgado de lo Penal Número 3 de Santa Cruz de Tenerife dictó días pasados una sentencia en la que se condena a un hombre de Güímar (Tenerife) de 80 años de edad a una pena de tres meses de cárcel, así como a pagar los gastos veterinarios de la perra a la que torturó. En la sentencia se considera probado pinchó con un gancho a una perra de raza pastor alemán y la roció con una sustancia cáustica para luego abandonarla.
Los hechos se remontan a una fecha no determinada pero siempre anterior al 4 de mayo de 2007 en una finca del Camino de Las Cañadas, dentro del término municipal de Güímar. La perra, de nombre Vela, le había sido regalada por un vecino aunque aún no se había formalizado el traspaso. Tras la agresión, el animal fue encontrado por la Policía Local de Güímar ese día 4 en un contenedor de basura. Presentaba heridas múltiples en zona dorsal del lomo y las patas, así como en una de sus orejas. De su mal estado da cuenta el hecho de la presencia de larvas de mosca en su cuerpo. Para recuperar la salud de la pobre Vela fueron necesarias varias intervenciones quirúrgicas (incluida la inevitable amputación de varios de sus dedos y parte de una oreja) así como un largo periodo de convalecencia que generó unos gastos a dos clínicas veterinarias (Arca de Noé y La Gallega) que cobrarán estas facturas con la indemnización fijada ahora al condenado. En cuanto a la condena en sí, la magistrada-juez María José Dorta considera que las contradicciones en las declaraciones del condenado refuerzan la credibilidad de las efectuadas por el vecino que le regaló perra.
Como ya apuntara DIARIO DE AVISOS durante la celebración del juicio, especial relevancia da la sentencia a unas manifestaciones hechas por el entonces imputado al programa de TVE España Directo en el que reconocía parcialmente los hechos. El octogenario ha sido condenado a una pena de tres meses de prisión y a indemnizar con 5.739,72 euros a la clínica Arca de Noé y con 276,70 euros a La Gallega, en ambos casos como autor del delito de maltrato a un animal doméstico del artículo 337.
Aunque la Fiscalía pedía ocho meses de cárcel y un año la acusación particular (la protectora Addanca), la jueza entiende que concurre la circunstancia atenuante de dilación indebida dado que la remisión de actuaciones a su juzgado se produjo en diciembre de 2009, retrasándose la admisión de pruebas y el señalamiento más de dos años.
Fuente: Diario de Avisos