Beatriz Menchén, presidente de La Voz Animal, ha sido absuelta en el juicio en el que había sido acusada de un delito de injurias y calumnias, tras la denuncia interpuesta por Vetmovil y el administrador de esta empresa.
Beatriz Menchén llevó a cabo una huelga de hambre en 2011 para reclamar al Ayuntamiento de Getafe que adoptara políticas de Sacrificio Cero, poniendo fin al elevado número de sacrificios de perros y gatos llevado a cabo en la perrera de Getafe, gestionada en ese momento por la empresa Vetmovil.
Finalmente, el Ayuntamiento de Getafe acordó retirar la gestión de la perrera municipal a Vetmovil, debido al incumplimiento de la normativa por parte de esta empresa. Vetmovil no recurrió esta decisión, sino que decidió interponer una denuncia contra Beatriz Menchén por unos presuntos delitos de injurias y calumnias, pese a que Beatriz Menchén en todo momento se limitó a informar sobre el elevado número de sacrificios de animales realizados por Vetmovil.
En el juicio, Vetmovil y el administrador de esta empresa pidieron que Beatriz Menchén fuera condenada a 15 meses de prisión, así como a abonar una indemnización de 100.000 euros. Daniel Dorado, abogado defensor de Beatriz Menchén y presidente del Centro Legal para la Defensa de los Animales, solicitó la libre absolución de esta, así como la condena en costas a Vetmovil y su administrador.
En la Sentencia, dictada por el Juzgado de lo Penal 1 de Getafe, se absuelve a Beatriz Menchén, condenando en costas a Vetmovil y su administrador. Tal y como había solicitado el abogado de Beatriz Menchén.
Se afirma en la Sentencia: “La imputación que realiza la acusada en modo alguno puede tildarse de calumniosa, pues se limita a dar a conocer a la opinión pública una actividad plenamente legal, pero que a ella le repudia moralmente, no pudiendo en estos casos hablarse de un tipo penal, el de calumnia, cuyo tipo objetivo exige la imputación de un delito, no de una acción legal”.
Prosigue la Sentencia: “En cuanto a [...] expresiones como exterminio de animales o ‘mataperros’ [...] tampoco entrañan difamación alguna, porque efectivamente se ajustan a la realidad, una realidad insistimos amparada legalmente pero que muchas personas, con todo su derecho, pueden entender criticable”.
En cuanto a la reclamación de la indemnización de 100.000 euros, la Sentencia la considera “falta de apoyo probatorio, pues se ha de presumir la legalidad del acto administrativo (no recurrido)”.
Y, en lo relativo a las costas, la Sentencia afirma: “De la intrínseca literalidad de los hechos imputados (en modo alguno injuriosos ni calumniosos) y la pretensión de una indemnización de 100.000 euros sin el más mínimo soporte probatorio, se deduce la necesaria condena en costas de la acusación particular”.
Vetmovil y su administrador han interpuesto un recurso de apelación contra la Sentencia, pero confiamos en que el mismo será desestimado.